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Couto Mixto | Camiño Privilexiado

Camiño privilexiado entre Rubiás y Randín; hacia Randín.

 

El Coto Mixto disponía de un Camino Privilegiado que lo atravesaba comunicandolo con tierras de Randín en España y de Tourem en Portugal, hasta llegar a esta última población. Tenía una extensión aproximada de seis kilómetros y estaba delimitado por mojones o hitos de piedra con señales diversas, principalmente, cruces. Este camino tenía una finalidad comercial de tránsito, y naturaleza neutral a efectos de Portugal y España, discurriendo en mayor medida por tierras españolas. Los carabineros españoles o los guardiñas portugueses no podían realizar en él ningún tipo de aprehensión, ni siquiera de géneros de contrabando, ni molestar a sus usuarios.

 

 

El Couto Mixto, situado al sur de la actual provincia de Orense, fue hasta el Tratado de Lisboa de 1868 un territorio autónomo tanto de la corona portuguesa como de la española, en el que cada vecino elegía libremente la nacionalidad que deseara,

 

El Couto Mixto está formado por las aldeas de Meaus , Rubiás y Santiago , unidas entre sí por un Camino Privilegiado; que llega hasta las localidades vecinas de Randín y Tourem (esta última en Portugal).

 

Ya en 1530 los lugares de Santiago y Rubiás eran definidos como "mixtos de Portugal y Galicia".

 

Entre los privilegios del Couto Mixto estaban el derecho de asilo (a prófugos de la justicia española y portuguesa), la elección libre de la nacionalidad, la exención de cargas fiscales, la extraterritorialidad del Camino Privilegiado, la exención de servicio a los ejércitos o la libertad para portar y usar armas tanto en el Couto como en el Camino. El Couto Mixto disfrutaba también del privilegio de autogobierno mediante la elección de un Juez o Alcalde por las cabezas de familia de las tres aldeas, elección celebrada cada tres años en invierno.; también se tomaban acuerdos entre todos los vecinos con la celebración de un Concello Aberto (asamblea) en la plaza pública o en el atrio de la iglesia.

 

El Tratado de Lisboa de 1868 fijó la frontera común, pasando los tres pueblos a formar parte de la corona española, mientras que los cercanos "pueblos promiscuos" de Soutelinho da Raia , Lama d'Arcos y Cambedo (en situación similar pero sin privilegios como los del Couto) pasaron a formar parte de la portuguesa. Los vecinos debieron optar en un año por una nacionalidad u otra.

 

 

 

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Uploaded on February 23, 2009
Taken on February 20, 2009